La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció una prórroga excepcional para el cumplimiento de las obligaciones de ingreso del impuesto sobre los créditos y débitos bancarios.
La medida alcanza a los hechos imponibles perfeccionados entre el 16 y el 22 de septiembre de 2025, que deberán cancelarse hasta el 24 de septiembre de 2025 inclusive, según lo dispone la Resolución General (ARCA) 5758/2025.
El organismo explicó que la decisión responde a razones de administración tributaria, lo que llevó a flexibilizar los plazos previstos en el cronograma general de vencimientos.
Cabe recordar que la Resolución General 2.111 y sus modificatorias reglamenta el procedimiento de determinación, liquidación e ingreso del impuesto, conocido como “impuesto al cheque”, mientras que la Resolución General 4.172 había fijado las fechas de vencimiento originales.
De acuerdo con el texto publicado en el Boletín Oficial, el artículo 1° establece que las obligaciones de ingreso correspondientes a dicho período se cumplirán en la nueva fecha, “en sustitución de lo previsto en el inciso b) del apartado VII del Anexo de la Resolución General N° 4.172”.
La disposición aclara que se trata de un caso excepcional, sin modificar en forma permanente el régimen de vencimientos establecido para este impuesto.




