La Comisión Nacional de Valores (CNV) oficializó la Resolución General 1086/2025, publicada en el Boletín Oficial, que modifica las Normas (N.T. 2013 y mod.) para definir los plazos de pago de la tasa anual de fiscalización y control que deben abonar los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV).
Según lo dispuesto, los PSAV —personas humanas o jurídicas— que mantengan activa su inscripción al 15 de octubre de 2025 deberán cancelar la tasa correspondiente al año en curso entre el 3 y el 7 de noviembre de 2025. Por su parte, los proveedores que se registren con posterioridad a esa fecha, conforme a lo previsto en la Resolución General 1058/2025, tendrán un plazo de cinco días hábiles desde la inscripción para cumplir con el pago.
La CNV explicó que la medida apunta a garantizar un adecuado ordenamiento en el cumplimiento de las obligaciones financieras de los actores del mercado de activos virtuales, reforzando la supervisión del organismo en un sector en expansión y en proceso de regulación.
La Resolución General 1086/2025 entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación y será incorporada al texto consolidado de las Normas del organismo.




