La Comisión Nacional de Valores (CNV) creó una Matriz de Compatibilidades para identificar qué registros y actividades pueden mantener simultáneamente los agentes, mercados, cámaras compensadoras y otros sujetos bajo su supervisión. El nuevo esquema entra en vigencia el 8 de septiembre de 2026.
La medida también habilita a los Agentes Depositarios Centrales de Valores Negociables (ADCVN) a solicitar su inscripción como Fiduciarios Financieros y establece las condiciones organizativas, patrimoniales y de liquidez que deberán cumplir cuando actúen bajo ambas categorías.
Los cambios fueron dispuestos mediante la Resolución General CNV 1165/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial. La norma modifica distintos capítulos de las Normas de la CNV (N.T. 2013 y mod.) e incorpora la matriz como Anexo II del Capítulo I del Título XVI.
La herramienta reúne las relaciones de compatibilidad entre categorías de agentes, mercados, cámaras compensadoras, Proveedores de Servicios de Activos Virtuales y Plataformas de Financiamiento Colectivo, entre otros sujetos registrados.
Según la resolución, la matriz debe utilizarse junto con las disposiciones particulares que regulan cada categoría. Si existiera una diferencia o contradicción, prevalecerán las normas específicas aplicables al agente o sujeto registrado.
La CNV aclaró que el cuadro no crea nuevas categorías ni amplía las existentes. Su función es sistematizar las combinaciones admitidas, las incompatibilidades y las exigencias patrimoniales y de liquidez vinculadas con el ejercicio concurrente de actividades.
Qué cambia para los ADCVN
Los ADCVN autorizados por la CNV continuarán automáticamente inscriptos como Agentes de Custodia, Registro y Pago (ACRyP). Además, podrán solicitar su inscripción como Fiduciarios Financieros, siempre que cumplan previamente las condiciones aplicables a esa categoría.
En cambio, un ADCVN no podrá inscribirse simultáneamente como Mercado o Cámara Compensadora. Cuando también actúe como Fiduciario Financiero deberá mantener una segregación funcional y administrativa entre sus unidades operativas, registrar separadamente sus ingresos y egresos y contar con una estructura adecuada al tipo y volumen de negocios.
El patrimonio neto mínimo para los ADCVN queda fijado en 25.500.000 UVA. Como regla general, ese importe se incrementará un 25% por cada actividad afín o complementaria que desarrollen.
Si el ADCVN también está inscripto como Fiduciario Financiero, deberá computar la suma del patrimonio mínimo exigido para ambas categorías. En ese supuesto no se aplicará el incremento del 25% por las actividades afines o complementarias.
La contrapartida líquida general deberá representar al menos el 20% del patrimonio neto mínimo. Para la inscripción concurrente como Fiduciario Financiero se exigirá la suma de las obligaciones mínimas de liquidez correspondientes a cada categoría.
Alcance y aplicación de la matriz
La matriz contiene referencias para cada combinación y detalla, cuando corresponde, condiciones sobre patrimonio neto, contrapartida líquida, organización o restricciones para acumular registros.
La CNV señaló que el objetivo es ofrecer un criterio ordenado para los sujetos supervisados y facilitar la detección de eventuales incompatibilidades durante las tareas de fiscalización.
La resolución también incorpora la definición de “Matriz de Compatibilidades” al glosario de las Normas y establece que la versión aplicable estará publicada en el sitio institucional del organismo.
La Resolución General 1165/2026 fue publicada el 7 de septiembre y dispone expresamente su entrada en vigencia al día siguiente, por lo que comenzará a regir el 8 de septiembre de 2026.



