SENASA digitaliza sus notificaciones: será obligatorio constituir un domicilio electrónico

La Resolución 808/2025 dispone que todos los inscriptos ante el organismo deberán registrar un Domicilio Electrónico en SIGTrámites para recibir comunicaciones oficiales con validez legal.

Redacción BDC23/10/2025
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SENASA digitaliza sus notificaciones: será obligatorio constituir un domicilio electrónico

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) avanza en su proceso de digitalización administrativa con la Resolución 808/2025, publicada este jueves en el Boletín Oficial, que establece la obligatoriedad del Domicilio Electrónico (DE) para todas las personas humanas y jurídicas registradas en sus sistemas.

A partir de esta medida, las notificaciones, citaciones, intimaciones y cualquier otra comunicación oficial del organismo se considerarán válidas y fehacientes cuando sean enviadas por medios electrónicos al DE constituido, equiparándose jurídicamente al domicilio legal físico.

Los usuarios deberán registrar su DE a través de la plataforma SIGTrámites, informando un correo electrónico y un número de teléfono celular. Las notificaciones se enviarán desde la casilla notificacionessenasa@senasa.gob.ar y se considerarán perfeccionadas al día hábil siguiente de su remisión.

El SENASA otorgó un plazo de 150 días para adecuar sus sistemas informáticos y 60 días adicionales para que los sujetos cumplan con la constitución del domicilio electrónico. Quienes no lo hagan dentro de los plazos previstos podrán ser suspendidos en los registros del organismo y en las actividades que tengan autorizadas.

La norma aclara que el uso del DE no reemplaza la obligación de denunciar un domicilio físico, ni impide al organismo practicar notificaciones por otros medios cuando lo considere necesario. La resolución ya se encuentra vigente desde su publicación en el Boletín Oficial.

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