La medida busca facilitar la adecuación de los sistemas de los mercados y fortalecer el monitoreo de riesgos en el mercado de derivados.
La Comisión Nacional de Valores (CNV) estableció un plazo único hasta el 31 de marzo de 2026 para que los mercados autorizados remitan la información requerida sobre posiciones abiertas en contratos de futuros y opciones.
La medida fue formalizada mediante la Resolución General 1120/2026, que modifica las Normas (N.T. 2013 y mod.) y ajusta el cronograma de cumplimiento previsto en el régimen informativo incorporado por la Resolución General 1113.
Ese régimen fue implementado con el objetivo de mejorar las herramientas de supervisión del mercado de derivados y fortalecer el monitoreo de riesgos asociados a las posiciones abiertas en futuros y opciones.
Según explicó la CNV, la decisión de unificar el plazo de presentación responde a la necesidad de que los mercados adecuen sus sistemas informáticos para poder cumplir con la remisión de la información histórica prevista en la normativa.
De acuerdo con el nuevo esquema, los mercados deberán presentar antes del 31 de marzo de 2026 la información correspondiente al período comprendido entre agosto de 2025 y enero de 2026, la cual deberá contener detalle semanal.
En tanto, la información generada a partir del 1 de febrero de 2026 deberá remitirse semanalmente, pero con un nivel de detalle diario sobre las posiciones abiertas en contratos de futuros y opciones, conforme lo previsto en el régimen informativo.
La CNV aclaró que la resolución no introduce nuevas obligaciones ni modifica el alcance del régimen vigente, sino que únicamente ajusta el cronograma de cumplimiento para facilitar su implementación.
Las disposiciones establecidas resultan aplicables desde el 10 de marzo de 2026, mientras que la resolución entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
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