ARCA modificó los requisitos para habilitar depósitos fiscales

ARCA simplifica requisitos para depósitos fiscales y cargas de exportación en planta

ARCA modificó los requisitos para habilitar depósitos fiscales y adherir al régimen de cargas de exportación en planta. La habilitación municipal se reemplaza por declaración jurada.

Redacción BDC13/05/2026
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ARCA simplifica requisitos para depósitos fiscales y cargas de exportación en planta

La Resolución General (ARCA) 5845/2026 modifica los requisitos documentales para la habilitación de depósitos fiscales y el régimen de cargas de exportación en planta. La norma elimina la necesidad de presentar habilitación municipal, permitiendo una declaración del solicitante sobre la idoneidad del ámbito. 

ARCA modificó los requisitos para la habilitación de depósitos fiscales y para la adhesión al régimen de cargas de exportación en planta. A partir de la Resolución General 5845/2026, los operadores ya no deberán presentar ante el organismo la habilitación municipal o de autoridad competente, sino una declaración o declaración jurada sobre la idoneidad del ámbito y el cumplimiento normativo aplicable.

La medida impacta en dos regímenes aduaneros relevantes para operadores de comercio exterior. Por un lado, modifica la Resolución General 4.352, que regula el procedimiento para habilitar depósitos fiscales. Por otro, introduce cambios en la Resolución General 5.721, referida al régimen de cargas de exportación en planta.

En el caso de los depósitos fiscales, el nuevo requisito consistirá en una declaración mediante la cual el solicitante manifieste que el ámbito a habilitar resulta idóneo para el tipo y clase de mercadería a almacenar y que cumple con la normativa municipal, provincial y nacional aplicable al desarrollo de sus actividades.

Para el régimen de cargas de exportación en planta, la norma sustituye la exigencia de presentar la habilitación de la planta por una declaración jurada en la que se manifieste que el establecimiento resulta idóneo para el tipo y clase de mercadería a exportar, de acuerdo con las normas municipales, provinciales y nacionales aplicables.

ARCA fundamentó la modificación en la necesidad de reducir costos operativos, evitar duplicaciones administrativas y facilitar los procesos vinculados al comercio exterior. La resolución se inscribe en el proceso de revisión normativa orientado a identificar exigencias que puedan generar sobrecostos o cargas innecesarias para el sector productivo.

La norma aclara expresamente que la eliminación de la exigencia documental ante ARCA no implica liberar a los administrados del cumplimiento de las obligaciones nacionales, provinciales o municipales vigentes. Es decir, se suprime la presentación del documento ante el organismo nacional, pero subsiste la obligación de cumplir con la normativa aplicable según la actividad y la jurisdicción.

Además, para las cargas de exportación en planta, se mantiene la autorización mediante acto administrativo de las jefaturas competentes. Esa autorización deberá indicar las fechas de inicio y finalización de la habilitación concedida, cuyo plazo será de 5 años.

Sin perjuicio de ese plazo, la vigencia del lugar operativo en la Tabla de Lugares Operativos del Sistema Informático MALVINA podrá quedar limitada por la vigencia del contrato o del certificado habilitante, según corresponda. En ese caso, se tomará como fecha de cierre la que venza primero.

La Resolución General 5845/2026 entra en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

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