Ingresos Brutos CABA: vencimientos de la DDJJ anual 2025
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Ingresos Brutos CABA: fijaron los vencimientos de la declaración jurada anual 2025

La Dirección General de Rentas porteña fijó entre el 21 y el 25 de septiembre de 2026 los vencimientos para presentar la declaración jurada anual de Ingresos Brutos del período fiscal 2025. El cronograma alcanza a los contribuyentes de la Categoría Locales y se organiza según el dígito verificador de la CUIT.

Redacción BDC10/09/2026
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Ingresos Brutos CABA: fijaron los vencimientos de la declaración jurada anual 2025

La Dirección General de Rentas porteña fijó entre el 21 y el 25 de septiembre de 2026 los vencimientos para presentar la declaración jurada anual de Ingresos Brutos del período fiscal 2025.

El cronograma alcanza a los contribuyentes que tributan bajo la Categoría Locales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La fecha aplicable dependerá del dígito verificador de la CUIT.

La medida fue establecida mediante la Resolución DGR 1710/2026, publicada el 10 de septiembre en el Boletín Oficial de la Ciudad.

El cronograma por terminación de CUIT

DDJJ Anual de ISIB Categoría Locales – Período Fiscal 2025
D.V. CUIT 0 y 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9
FECHA 21/09/2026 22/09/2026 23/09/2026 24/09/2026 25/09/2026

Los contribuyentes con dígito verificador 0 o 1 deberán presentar la declaración el 21 de septiembre. Para las terminaciones 2 y 3, el vencimiento será el 22; para 4 y 5, el 23; para 6 y 7, el 24; y para 8 y 9, el 25 de septiembre.

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El calendario se refiere exclusivamente a la declaración jurada anual del ejercicio fiscal 2025 de la Categoría Locales. La resolución no modifica otros vencimientos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos ni establece un nuevo plazo para contribuyentes comprendidos en Convenio Multilateral.

La Dirección General de Rentas dictó la medida en ejercicio de las facultades delegadas por la Resolución AGIP 443/2025, que autoriza a fijar fechas generales para la presentación de declaraciones juradas anuales del tributo.

Con la publicación del cronograma, los contribuyentes locales cuentan con fechas diferenciadas durante cinco días consecutivos para cumplir la obligación anual, de acuerdo con su identificación tributaria.

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