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Bienes de Cambio
ANáLISIS
05-05-2026
Análisis 84198/2026
La Resolución Técnica 54 introduce un nuevo ordenamiento normativo para el reconocimiento, medición, exposición y revelación de los bienes de cambio, incorporando precisiones conceptuales y habilitando alternativas de medición posterior que modifican el enfoque tradicional previsto en las RT 17 y 41. El presente comentario analiza los principales cambios del régimen, con especial referencia a la inclusión de bienes intangibles destinados a la venta, la reclasificación de ciertos activos como derechos de facturar a clientes, la flexibilización del valor neto de realización y la articulación entre la medición de existencias y el costo de ventas.
CONSULTA FRECUENTE
06-08-2025
Consulta 72927/2025
Las pérdidas durante el proceso productivo de bienes de cambio deben registrarse como costo del período, baja de inventarios o “otros egresos”, según su naturaleza, conforme a la RT 17. Si se reduce el valor de realización, corresponde un ajuste por desvalorización. La RT 54 indica clasificarlas como pérdidas por medición o desvalorización y sugiere revelarlas en notas si son significativas o inusuales.
