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Impuestos Nacionales
Consulta 74960/2025 08/10/2025

Rectificación de declaraciones juradas de IVA: cómo se imputa el pago original.

Al presentar una declaración jurada rectificativa de IVA no se debe volver a informar el monto pagado en la declaración original, ya que el sistema no lo solicita ni lo contempla. Si el nuevo cálculo determina un importe mayor, la diferencia se reflejará en el Sistema de Cuentas Tributarias (SCT), desde donde podrá generarse el VEP solo por el saldo pendiente. Si el resultado es menor, el excedente quedará registrado como saldo a favor del contribuyente para compensar futuras obligaciones o solicitar su devolución.

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