Santa Fe: aplicación de alícuota reducida de Ingresos Brutos para comercios y servicios de alojamiento con bajo nivel de ingresos.
La Administración Provincial de Impuestos de Santa Fe reglamenta el beneficio previsto en el artículo 29 de la Ley 14.426 para el período fiscal 2026, habilitando la aplicación de una alícuota reducida del 2,5% en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a contribuyentes que desarrollen actividades comerciales y/o servicios de alojamiento.
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