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Licencia por maternidad

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CONSULTA FRECUENTE 30-01-2026
Consulta 80020/2026
Se analiza cómo incide el adelanto del parto en la licencia por maternidad prevista en la ley laboral explicando si se modifica o no la fecha de finalización de la licencia, cómo se reacomodan los días no gozados y qué presentaciones debe realizar la trabajadora tanto ante ANSeS como ante el empleador.
CONSULTA FRECUENTE 30-01-2026
Consulta 80018/2026
Se analiza el régimen legal aplicable al período de excedencia sin goce de sueldo luego de la licencia por maternidad explicando puntualmente cuáles son las opciones que prevé la ley, qué plazos deben respetarse, cómo impacta el goce de vacaciones y qué tipo de notificación debe realizar la trabajadora para ejercer válidamente la excedencia.
CONSULTA FRECUENTE 02-12-2025
Consulta 76596/2025
Se analiza el tratamiento laboral y previsional cuando la trabajadora inicia su licencia por maternidad el primer día del mes. Te contamos cómo debe emitirse el recibo —aunque resulte en valor cero—, cómo se declara la situación en el Libro Sueldo Digital mediante la “remuneración maternidad” y qué obligaciones subsisten durante el período (ART y seguro de vida), aclarando que no se realizan aportes ni contribuciones debido a que el pago salarial es reemplazado por la asignación de ANSES.
CONSULTA FRECUENTE 22-10-2025
Consulta 75401/2025
La Ley de Contrato de Trabajo no reconoce un derecho automático a reducir la jornada por motivos personales tras la licencia por maternidad. Solo prevé la reincorporación, la rescisión con compensación o el pedido de excedencia sin goce de haberes (arts. 183 a 186 LCT).
CONSULTA FRECUENTE 20-10-2025
Consulta 75265/2025
Cuando una empleada de casas particulares trabaja menos de 12 horas semanales, tanto la Asignación por Embarazo como la Asignación por Maternidad son abonadas íntegramente por ANSES, sin participación del empleador. Durante la licencia por maternidad —que se extiende por 90 días, distribuidos 45 antes y 45 después del parto, o 30 y 60 según la opción de la trabajadora—, el empleador solo otorga la licencia, pero no paga salario ni parte alguna de la asignación. La trabajadora debe gestionar el beneficio ante ANSES con el formulario PS 2.75, acreditando el embarazo y su relación laboral registrada. Si presenta la solicitud después del parto, ANSES puede reconocer el beneficio retroactivamente siempre que se cumplan los requisitos establecidos.
CONSULTA FRECUENTE 26-08-2025
Consulta 73490/2025
La licencia por maternidad es de 90 días corridos (45 previos y 45 posteriores al parto, con posibilidad de acumular más días en el posparto), según el art. 177 LCT. Durante este período, la trabajadora percibe de la ANSES la Asignación por Maternidad equivalente a su remuneración bruta habitual, sin topes máximos, conforme a la Ley 24.714 y el Decreto 1245/96. En el Formulario 931 debe informarse la situación “Licencia por maternidad” (código 05), declarando en “Remuneración Maternidad” el sueldo que hubiera correspondido.
CONSULTA FRECUENTE 30-06-2024
CONSULTA FRECUENTE 07-03-2024
CONSULTA FRECUENTE 31-07-2023
CONSULTA FRECUENTE 12-04-2023
CONSULTA FRECUENTE 09-04-2023
CONSULTA FRECUENTE 09-04-2023
CONSULTA FRECUENTE 10-02-2023
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