Licencia por maternidad archivos - +blogdelcontador
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Normativa

Normativa

Últimas normas nacionales, provinciales y locales publicadas en +BDC.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 80018/2026 30/01/2026

Período de excedencia tras la licencia por maternidad: cómo y cuándo debe notificarse.

Se analiza el régimen legal aplicable al período de excedencia sin goce de sueldo luego de la licencia por maternidad explicando puntualmente cuáles son las opciones que prevé la ley, qué plazos deben respetarse, cómo impacta el goce de vacaciones y qué tipo de notificación debe realizar la trabajadora para ejercer válidamente la excedencia.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 76596/2025 02/12/2025

Licencia por maternidad desde el día 1 del mes: cómo emitir el recibo y qué informar en el Libro Sueldo Digital.

Se analiza el tratamiento laboral y previsional cuando la trabajadora inicia su licencia por maternidad el primer día del mes. Te contamos cómo debe emitirse el recibo —aunque resulte en valor cero—, cómo se declara la situación en el Libro Sueldo Digital mediante la “remuneración maternidad” y qué obligaciones subsisten durante el período (ART y seguro de vida), aclarando que no se realizan aportes ni contribuciones debido a que el pago salarial es reemplazado por la asignación de ANSES.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 75265/2025 20/10/2025

Asignación por embarazo y maternidad en el régimen de casas particulares con jornada reducida.

Cuando una empleada de casas particulares trabaja menos de 12 horas semanales, tanto la Asignación por Embarazo como la Asignación por Maternidad son abonadas íntegramente por ANSES, sin participación del empleador. Durante la licencia por maternidad —que se extiende por 90 días, distribuidos 45 antes y 45 después del parto, o 30 y 60 según la opción de la trabajadora—, el empleador solo otorga la licencia, pero no paga salario ni parte alguna de la asignación. La trabajadora debe gestionar el beneficio ante ANSES con el formulario PS 2.75, acreditando el embarazo y su relación laboral registrada. Si presenta la solicitud después del parto, ANSES puede reconocer el beneficio retroactivamente siempre que se cumplan los requisitos establecidos.

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Laboral y Seguridad Social
Consulta 73490/2025 26/08/2025

Licencia por maternidad: plazo de duración, asignación ANSES y obligaciones del empleador.

La licencia por maternidad es de 90 días corridos (45 previos y 45 posteriores al parto, con posibilidad de acumular más días en el posparto), según el art. 177 LCT. Durante este período, la trabajadora percibe de la ANSES la Asignación por Maternidad equivalente a su remuneración bruta habitual, sin topes máximos, conforme a la Ley 24.714 y el Decreto 1245/96. En el Formulario 931 debe informarse la situación “Licencia por maternidad” (código 05), declarando en “Remuneración Maternidad” el sueldo que hubiera correspondido.

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