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Pasantías
CONSULTA FRECUENTE
13-11-2025
Consulta 76226/2025
Los pasantes de nivel secundario o superior, regulados por la Ley 26.427 y el Decreto 1227/2001, no se consideran empleados en relación de dependencia, pero generan ciertas obligaciones previsionales. En el F.931 (modalidad de contratación 27) solo se calculan la contribución patronal a la obra social (6% sobre la asignación estímulo) y la correspondiente a la ART, debiendo garantizarse la cobertura por riesgos del trabajo. No se realizan aportes ni contribuciones al SIPA, PAMI, asignaciones familiares ni Fondo de Empleo.
CONSULTA FRECUENTE
09-08-2023
