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Procedimiento permanente de transición al Régimen General

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CONSULTA FRECUENTE 08-10-2025
Consulta 74964/2025
La normativa (Ley 27.618, Decreto 337/2021 y RG 5003/2021) no exige un tiempo mínimo de permanencia en el Monotributo para acceder a la reducción del débito fiscal en IVA al pasar al Régimen General. El beneficio aplica siempre que la renuncia o exclusión se comunique dentro del plazo previsto, el alta en IVA se realice oportunamente y los ingresos brutos no superen el 50% del tope para microempresas. 
CONSULTA FRECUENTE 08-05-2025
Consulta 70620/2025
Una contribuyente que se dio de baja del Monotributo en noviembre de 2022 y accedió al beneficio de reducción progresiva del IVA al pasar al régimen general no podrá volver al Monotributo en diciembre de 2025. La normativa exige esperar tres años calendario completos desde la exclusión (2023, 2024 y 2025) y, además, un año calendario adicional posterior al último período fiscal en que se utilizó el beneficio. Si se aplicó la reducción del 10% en 2025, el reingreso recién sería posible a partir de enero de 2027.
NORMATIVA 21-07-2023
NORMATIVA 21-07-2023
CONSULTA FRECUENTE 08-02-2023
CONSULTA FRECUENTE 02-12-2022
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