Emisión de remitos digitales por empresas no autoimpresoras y procedimiento para obtener CAI ante ARCA.
De acuerdo con la RG (ARCA) 5678/2025, los remitos digitales solo pueden emitirse a través de sistemas computarizados o electrónicos autorizados, con CAI vigente. En este escenario, la empresa que antes trabajaba con remitos impresos deberá inscribirse en el régimen de autoimpresores de ARCA, ya que es la condición necesaria para poder emitir remitos digitales sin intervención de imprenta.
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