La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca eliminó el rubro lácteos del Sistema de Información de Operadores de Carnes y Lácteos (SIOCAL), al considerar que la inscripción no operaba como una herramienta efectiva de control sino como una carga administrativa para los operadores.
El Gobierno Nacional eliminó el Registro de Operadores Lácteos al excluir al rubro lácteos del Sistema de Información de Operadores de Carnes y Lácteos (SIOCAL), en el marco del proceso de simplificación normativa y ordenamiento de los registros vinculados a la actividad agroindustrial.
La medida fue instrumentada por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía mediante la Resolución 103/2026, publicada en el Boletín Oficial el 6 de julio de 2026. La norma excluye expresamente a los operadores del rubro lácteos del ámbito de aplicación del SIOCAL y sustituye los anexos vinculados al funcionamiento del sistema, la fiscalización y las actividades comprendidas en el SISA para el rubro granos.
Según informó la cartera agropecuaria, la eliminación del registro responde a que, a diferencia de las cadenas de carnes y granos, la actividad láctea no contaba con un marco legal específico que otorgara a la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario (DNCCA) facultades de fiscalización y poder sancionatorio sobre los operadores del sector.
En ese contexto, la inscripción de operadores lácteos no funcionaba como una herramienta efectiva de control, sino como una carga burocrática para los sujetos alcanzados. Desde esa perspectiva, la eliminación del trámite no implica resignar capacidad de fiscalización, sino adecuar los instrumentos registrales a las competencias efectivamente vigentes.
Al momento de su eliminación, el rubro lácteos contaba con 468 operadores inscriptos. Como parte del proceso previo de simplificación, las actividades registrables del sector ya se habían reducido de 13 a 2.
La medida se inscribe en una reorganización más amplia de los registros agroindustriales iniciada en 2024 y continuada en 2025 con la eliminación del RUCA y la reorganización del registro de la cadena de granos en el SISA. El objetivo oficial es contar con sistemas de información más claros, eficientes y acordes a la realidad productiva actual.
Pese a la exclusión del rubro lácteos, la Resolución 103/2026 mantiene la denominación del SIOCAL para preservar la continuidad operativa del sistema y resguardar la seguridad jurídica de los operadores ya inscriptos en las actividades que permanecen alcanzadas.
El nuevo esquema conserva la obligatoriedad de inscripción para las personas humanas y jurídicas que intervengan en el comercio y/o industrialización de las cadenas de carnes, así como para los establecimientos en los que desarrollen sus actividades, con excepción de la producción primaria agropecuaria.
Además, la resolución actualiza el régimen de fiscalización aplicable a carnes y granos, las obligaciones de los operadores inscriptos, los supuestos de suspensión preventiva, inactivación, baja automática y sanciones, así como las actividades comprendidas en el SISA para el rubro granos, tanto con planta como sin planta.




