CNV aprobó una reforma del régimen de investigaciones

La CNV simplifica el régimen de investigaciones y sumarios para el mercado de capitales

La Comisión Nacional de Valores aprobó una reforma integral del régimen de investigaciones, procedimiento sumarial y publicidad de resoluciones disciplinarias.

Redacción BDC29/04/2026
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La CNV simplifica el régimen de investigaciones y sumarios para el mercado de capitales

La Resolución General (CNV) 1131/2026 adecua y simplifica el procedimiento de denuncias, investigaciones, sumarios administrativos y publicidad de resoluciones disciplinarias. Esta reforma impacta a los participantes del mercado de capitales, simplificando la tramitación y reduciendo plazos operativos.

La Comisión Nacional de Valores modificó integralmente el Título XIII de las Normas (N.T. 2013 y mod.) con el objetivo de simplificar y actualizar los procedimientos vinculados con denuncias, investigaciones, sumarios administrativos y publicidad de resoluciones disciplinarias en el mercado de capitales.

La reforma implementada mediante la Resolución General (CNV) 1131/2026 impacta sobre emisoras, agentes registrados, mercados, cámaras compensadoras, fondos comunes de inversión, fideicomisos financieros y demás sujetos alcanzados por la regulación de la CNV. La norma entra en vigencia desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Uno de los principales cambios es la incorporación de la ratificación obligatoria de las denuncias presentadas ante el organismo. La denuncia deberá ser ratificada no antes de los 4 días hábiles y hasta los 20 días hábiles posteriores a su presentación, mediante los mecanismos habilitados en el sitio web de la CNV. La falta de ratificación podrá derivar en que se la tenga por no presentada, aunque el organismo podrá continuar de oficio cuando los hechos denunciados lo justifiquen.

La norma también precisa que el denunciante no será considerado parte del procedimiento y no podrá acceder a las actuaciones durante la etapa de investigación. No obstante, podrá comunicársele oportunamente la decisión final que se adopte respecto de su presentación.

En materia de investigaciones, la CNV establece que las actuaciones tendrán carácter reservado y se regirán por principios de celeridad, economía, sencillez y eficacia. Además, habilita la realización de declaraciones informativas y testimoniales por videoconferencia cuando existan razones fundadas vinculadas con la distancia o cuando lo solicite el declarante y el organismo lo considere procedente.

La reforma también redefine el procedimiento sumarial abreviado. Esta vía podrá aplicarse cuando de la investigación previa surja la posible comisión de infracciones incluidas en la grilla de conductas infractoras prevista en el Anexo I. Sin embargo, no procederá cuando exista presunto beneficio económico, perjuicio a inversores o al mercado, antecedentes firmes recientes, más de 7 conductas infractoras o causas penales en trámite vinculadas con los hechos.

En los sumarios abreviados, las sanciones sólo podrán consistir en apercibimiento o multa. En caso de multa, el monto máximo será de $10.000.000 y deberá graduarse según las pautas legales, la cantidad de conductas reconocidas, la eventual subsanación y las medidas adoptadas para corregir los incumplimientos.

La CNV también actualiza el procedimiento sumarial ordinario, incluyendo reglas sobre notificaciones, constitución de domicilio, vistas, descargos, audiencias preliminares, prueba testimonial, pericial e informativa, memoriales y resolución final. La vista de las actuaciones se otorgará en dependencias del organismo de 10:00 a 15:00 horas.

Otro eje de la reforma es la publicidad disciplinaria. Las resoluciones que inicien y finalicen sumarios, las que excluyan sumariados y las que impongan suspensiones preventivas serán publicadas en el sitio web de la CNV luego de su notificación. También se publicarán las denuncias penales o querellas promovidas por el organismo, junto con una aclaración expresa sobre la presunción de inocencia y el rol de la justicia en la determinación de la eventual comisión de delitos.

Finalmente, la resolución actualiza definiciones y siglas del Título I de las Normas, incorpora nuevas expresiones vinculadas al procedimiento sumarial y sustituye referencias normativas a los Agentes de Colocación y Distribución y a los Agentes de Colocación y Distribución Integral.

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