El Gobierno anunció una flexibilización parcial del régimen de préstamos en dólares para ampliar el financiamiento destinado a empresas, con especial impacto esperado en actividades como la construcción y la industria automotriz. La apertura no alcanzará a personas humanas y mantendrá las principales restricciones prudenciales vigentes.
El Gobierno anunció una flexibilización parcial de las condiciones para el otorgamiento de préstamos en dólares a empresas, con el objetivo de ampliar la canalización de los depósitos en moneda extranjera hacia el crédito y la inversión. La medida estará limitada a personas jurídicas y no comprenderá a personas humanas.
El anuncio fue realizado por el ministro de Economía, Luis Caputo, junto con el viceministro José Luis Daza y el secretario de Finanzas, Federico Furiase. Según explicó el titular de Hacienda, la modificación apunta particularmente a ampliar el financiamiento disponible para sectores como la construcción y la industria automotriz, entre otras actividades empresarias.
El alcance operativo definitivo todavía deberá ser instrumentado por el Banco Central de la República Argentina (BCRA). El Ministerio de Economía informó que la autoridad monetaria adecuará el marco prudencial aplicable a las financiaciones en moneda extranjera, por lo que el anuncio oficial anticipa el cambio de criterio pero no detalla aún las modificaciones reglamentarias concretas que determinarán las nuevas condiciones de acceso.
De acuerdo con los datos presentados por Caputo, los depósitos en dólares del sector privado aumentaron desde USD 14.100 millones en diciembre de 2023 hasta USD 40.300 millones, mientras que los préstamos denominados en moneda extranjera pasaron de USD 3.700 millones a USD 24.600 millones durante el mismo período.
Como consecuencia de esa dinámica, la proporción de depósitos utilizada para fondear préstamos en dólares habría pasado del 26% al 61%. El Gobierno señaló que la exigencia normativa de encaje sobre esos depósitos es del 25%, aunque las entidades financieras mantienen históricamente un margen de liquidez adicional cercano a 10 puntos porcentuales.
Sobre esa base, Economía calculó que, si las entidades utilizaran la totalidad de la capacidad prestable equivalente al 75% de los depósitos, el volumen de créditos podría alcanzar aproximadamente USD 30.500 millones, frente a alrededor de USD 24.700 millones actualmente colocados. La diferencia representa una capacidad adicional potencial de unos USD 5.800 millones.
Qué condiciones se mantendrán
El esquema anunciado preservará tres pilares que el Gobierno considera centrales para limitar los riesgos asociados a la intermediación financiera en moneda extranjera.
En primer término, la flexibilización estará destinada exclusivamente a personas jurídicas. De esta manera, las personas humanas continuarán fuera de la ampliación anunciada, decisión que Caputo justificó por razones macroprudenciales.
También continuará vigente la obligación de liquidar los préstamos en moneda extranjera, una condición que, según explicó Economía, restringe el multiplicador bancario en dólares.
Finalmente, no se modificarán las normas destinadas a limitar la exposición del sistema financiero al sector público en moneda extranjera. Actualmente, según lo informado durante la conferencia, las entidades pueden adquirir títulos del Tesoro Nacional por hasta un tercio de los préstamos otorgados en moneda extranjera.
El Gobierno busca canalizar los dólares depositados hacia inversión
La iniciativa se inscribe en la estrategia oficial de aumentar la utilización del ahorro privado como fuente de financiamiento de la actividad económica. Caputo vinculó además la modificación con la denominada Ley de Inocencia Fiscal y sostuvo que una mayor incorporación de dólares al sistema financiero permitiría a los bancos ampliar el crédito destinado a empresas e inversiones.
Por su parte, Daza señaló que la medida procura fortalecer el proceso mediante el cual el ahorro se transforma en crédito e inversión.
La información difundida el 13 de agosto de 2026 constituye, por el momento, el anuncio de la decisión gubernamental. Los requisitos concretos, actividades alcanzadas, destinos admitidos y demás condiciones operativas deberán surgir de la normativa que dicte el BCRA al adecuar el régimen prudencial de las financiaciones en moneda extranjera.
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