ATER reglamenta la transparencia fiscal en Entre Ríos

Régimen de Transparencia Fiscal en Entre Ríos: nuevos requisitos en comprobantes de Ingresos Brutos

ATER reglamenta la transparencia fiscal: contribuyentes deberán detallar alícuota y monto de Ingresos Brutos en comprobantes con implementación gradual.

Redacción BDC07/05/2026
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Régimen de Transparencia Fiscal en Entre Ríos: nuevos requisitos en comprobantes de Ingresos Brutos

La ATER reglamentó la adhesión al Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor, estableciendo la obligación de discriminar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y el Impuesto al Ejercicio de Profesiones Liberales en los comprobantes emitidos a consumidores finales. La norma entra en vigencia desde su publicación.

La Resolución ATER 128/2026 establece la obligación de discriminar en los comprobantes la incidencia del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y del Impuesto al Ejercicio de Profesiones Liberales en las operaciones realizadas con consumidores finales. Esta normativa se enmarca en la adhesión provincial al Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor, previsto en la Ley Nacional Nº 27.743.

La norma modifica la Ley Provincial N° 11232, que regula la adhesión al Régimen de Transparencia Fiscal, y establece que todos los contribuyentes que realicen ventas, locaciones de obra o prestaciones de servicios a consumidores finales deberán indicar en los comprobantes el importe final a abonar, así como el importe neto sin la incidencia de impuestos.

Los contribuyentes deberán consignar en facturas, tickets o comprobantes equivalentes tanto la alícuota aplicable como el monto estimado del impuesto. Esta obligación se debe cumplir de acuerdo con los requisitos establecidos en la Resolución General N° 1415 de AFIP.

El régimen alcanza a los contribuyentes inscriptos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, ya sea bajo Régimen Directo o Convenio Multilateral, así como a los sujetos del Impuesto al Ejercicio de Profesiones Liberales. Quedan excluidos los contribuyentes del Régimen Simplificado.

Además, se establecen pautas sobre la ubicación y forma de exhibición de la información en los comprobantes.

La implementación del régimen será gradual: para los grandes contribuyentes, la obligación será efectiva a los 60 días corridos desde la vigencia de la resolución, mientras que para el resto de los sujetos alcanzados, regirá a partir de los 180 días, pudiendo aplicarse de forma voluntaria desde su entrada en vigencia.

La norma también prevé la posibilidad de incorporar la discriminación de tributos municipales en coordinación con los municipios que adhieran al régimen.

La resolución tiene fines informativos para los consumidores y no recaudatorios, permitiendo el uso de alícuotas e importes estimados. Finalmente, la Resolución ATER 128/2026 entra en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos.

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