Economía y Finanzas
Habilitación a bolsas de comercio para la anotación de boletos inmobiliarios y derogación del régimen de Entidades Representativas Regionales.
La Comisión Nacional de Valores reglamenta el artículo 10 del Decreto 1017/2024, ampliando las entidades autorizadas a prestar servicios de anotación de boletos de compraventa y otros contratos sobre unidades inmobiliarias futuras. En este marco, se habilita expresamente a determinadas bolsas de comercio —entre ellas Córdoba, La Plata, Mendoza, Rosario, San Juan, Santa Fe y Chaco— a desarrollar dicha actividad.
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