Economía y Finanzas
Sujetos restringidos: nuevas condiciones para operaciones en segmentos de negociación bilateral no garantizada.
La Comisión Nacional de Valores modifica las Normas (N.T. 2013 y mod.) con el objeto de incorporar la definición de “Sujeto Restringido” y establecer condiciones específicas para la operatoria de determinados sujetos vinculados al sector público, entes públicos no estatales, cajas previsionales y entidades que administran fondos previsionales obligatorios no estatales en el mercado de capitales.
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