numero
1714
NORMATIVA
01-07-2025
Resolución General DPR (Jujuy) 1714/2025
Se dispone la modificación de los artículos 2° y 11° de la Resolución General Nº 1710/2025, estableciéndose que el beneficio de reducción de alícuota previsto en el artículo 1° del Decreto Acuerdo Nº 2980-HF-2025 será procedente sin necesidad de que los contribuyentes registren solicitud previa ante la Dirección Provincial de Rentas, debiendo únicamente optar por su aplicación al momento de confeccionar la declaración jurada mensual, en las condiciones dispuestas en la normativa vigente.
