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Impuestos Provinciales
Decreto (Entre Ríos) 2745/2026 03/09/2026

Entre Ríos: reducción del 20% en las alícuotas de Ingresos Brutos para actividades turísticas

Se establece una reducción general y transitoria del veinte por ciento (20%) de las alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicables a actividades turísticas de alojamiento, agencias de viajes, turismo aventura, eventos, espectáculos, museos, sitios históricos y gastronomía. El beneficio comprende los ingresos devengados desde el 1° de septiembre hasta el 31 de diciembre de 2026, inclusive, y no es acumulable con otras reducciones de alícuota para una misma actividad y período, salvo disposición expresa en contrario.

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