Río Negro: Reducción de la tasa de interés aplicable a deudas fiscales a partir de julio de 2025.
Se establece que la tasa de interés aplicable a las deudas fiscales que no se abonen a su vencimiento será del tres por ciento (3%) para plazos de treinta días, o su equivalente diario de diez centésimos por ciento (0,10%), con vigencia desde el 1 de julio de 2025. Quedan derogadas las disposiciones anteriores que fijaban una tasa del seis por ciento (6%) mensual establecida por la Resolución Nº 642/2024.
Leer más →