numero
466
NORMATIVA
28-05-2024
Decreto (PEN) 466/2024
Se difieren parcialmente los efectos de los incrementos que resultarían aplicables a partir del 1° de junio de 2024 para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, considerándose que para los hechos imponibles que se perfeccionen entre el 1° y el 30 de junio de 2024, ambas fechas inclusive, los montos de impuesto se incrementarán en los importes que se detallan en el presente. Para los hechos imponibles que se perfeccionen desde el 1° de julio de 2024, inclusive, deberá considerarse el incremento total en los montos de impuesto.
NORMATIVA
21-11-2023
NORMATIVA
21-07-2023
Resolución (SC) 466/2023
