Marcas: implementación de notificaciones electrónicas obligatorias y eliminación del plazo de suspensión previo.
El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) implementa la notificación electrónica obligatoria en la sede electrónica del usuario para los trámites seguidos ante la Dirección Nacional de Marcas, sustituyendo el régimen transitorio previsto por la Resolución P-123/2019 y eliminando el plazo de suspensión de 30 días corridos previo al inicio del cómputo de los plazos administrativos.
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