Comercio Exterior / Impuestos Nacionales
Exportaciones de carne: reducción al 0% de derechos hasta el 31 de octubre de 2025.
Se establece en 0% la alícuota de derechos de exportación para las mercaderías cárnicas incluidas en el anexo, con vigencia hasta el 31 de octubre de 2025. Los exportadores deberán liquidar al menos el 90% de las divisas dentro de los tres días hábiles de oficializado el permiso de embarque, ya sea por cobros, anticipos o financiamiento.
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