Impuestos Provinciales
San Juan: se prorroga al 1° de agosto de 2025 la vigencia del impuesto sobre comercialización remota de bienes y servicios digitales del exterior.
Se establece que la entrada en vigencia de las disposiciones de los artículos 103 y 104 de la Ley N° 151-I, Código Tributario de la Provincia de San Juan, referidas a la comercialización remota de bienes y al comercio electrónico de servicios digitales prestados por sujetos del exterior a consumidores o empresas locales, se prorroga al 1° de agosto de 2025.
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