Economía y Finanzas
SENASA establece la obligatoriedad del Domicilio Electrónico para todos los registrados en sus sistemas.
Se dispone la implementación obligatoria del Domicilio Electrónico (DE) como medio oficial de comunicación entre el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) y todas las personas humanas y jurídicas inscriptas en sus registros y sistemas habilitantes. La medida otorga plena validez jurídica a las notificaciones, intimaciones y comunicaciones enviadas electrónicamente, equiparándolas al domicilio legal tradicional.
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