parte_demandada
Estado Nacional
JURISPRUDENCIA
23-04-2026
Jurisprudencia 83854/2026
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (Sala VIII) resolvió otorgar efecto suspensivo al recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional contra la medida cautelar que había suspendido la vigencia de numerosos artículos de la Ley 27.802, promovida por la Confederación General del Trabajo de la República Argentina. En consecuencia, la decisión implica que la suspensión dispuesta en primera instancia queda sin efecto mientras se sustancia la apelación, reestableciendo la vigencia de las disposiciones cuestionadas. El tribunal fundamentó su decisión en el artículo 13 de la Ley 26.854, que establece como regla el efecto suspensivo cuando se trata de medidas cautelares que afectan normas de jerarquía legal, salvo supuestos excepcionales que no se verificaron en el caso.
JURISPRUDENCIA
17-04-2026
Jurisprudencia 83664/2026
El Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, en el marco de la acción colectiva promovida por la CGT contra el Estado Nacional, resolvió que la inhibitoria planteada por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 12 no se encuentra firme, por no haber sido aún aceptada ni rechazada. En consecuencia, el planteo de competencia no produce efectos suspensivos ni desplaza la jurisdicción, manteniéndose la competencia del fuero laboral. Además, admitió la intervención de la Unión Industrial Argentina como tercero necesario en el proceso y se suspendió el desarrollo del proceso hasta la incorporación de los litigantes omitidos.
JURISPRUDENCIA
08-04-2026
Jurisprudencia 83280/2026
En la causa colectiva promovida por la Confederación General del Trabajo de la República Argentina contra el Estado Nacional, el Juzgado Nacional de 1ra Instancia del Trabajo n.° 63 revocó por contrario imperio la medida cautelar innovativa que había suspendido la aplicación del artículo 55 de la Ley 27.802. El juez señaló que, si bien el 30 de marzo de 2026 había dispuesto una cautelar de alcance federal respecto de la mayoría de los artículos impugnados, un nuevo análisis sobre el impacto concreto del artículo 55 lo llevó a modificar su decisión provisional. Destacó que la cautelar inicialmente dictada podía perjudicar a trabajadores de determinadas jurisdicciones donde la doctrina legal vigente prevé mecanismos de actualización de créditos laborales menos favorables que el esquema contemplado por esa norma. Sobre esa base, entendió que mantener la suspensión general del artículo 55 podía contrariar la tutela de los propios sujetos protegidos por el proceso. Por ello, dejó sin efecto la suspensión cautelar de esa disposición y estableció que cada jurisdicción deberá juzgar la pertinencia de aplicar los artículos 54 y 55 de la Ley 27.802 en los procesos en trámite, difiriendo el examen de fondo para la sentencia definitiva.
JURISPRUDENCIA
31-03-2026
Jurisprudencia 82990/2026
En la causa 'Confederación General del Trabajo de la República Argentina c/ Estado Nacional', el Juzgado Nacional del Trabajo N° 63 resolvió sobre la acción declarativa promovida por la CGT, en la que se solicitó la declaración de inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley 27.802. El tribunal consideró que la CGT tiene legitimación activa para impugnar las disposiciones que afectan derechos laborales fundamentales, y que la acción se encuadra dentro de los requisitos establecidos para este tipo de demandas. En consecuencia, se admitió la medida cautelar solicitada por la actora, suspendiendo la aplicación de las normas cuestionadas hasta tanto se resuelva el fondo del asunto.
JURISPRUDENCIA
30-03-2026
Jurisprudencia 82962/2026
En la causa 'Sindicato Empleados de Comercio de San Martín c/ Estado Nacional', el Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín 2 hizo lugar a la medida cautelar solicitada por el sindicato. La decisión implica la suspensión de la aplicación de los artículos 131 y 133 de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, en relación con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75 y otros convenios vinculados. El tribunal fundamentó su resolución en la verosimilitud del derecho invocado y el peligro de un daño irreparable en la demora, considerando la inminencia del vencimiento del convenio colectivo y los efectos adversos que la aplicación de las nuevas disposiciones podría generar sobre la estructura económica del sindicato y la representación de los trabajadores.
JURISPRUDENCIA
18-03-2026
Jurisprudencia 82589/2026
En la causa “Unión de Empleados de la Justicia de la Nación c/ Estado Nacional s/ medida cautelar”, el Juzgado Nacional del Trabajo N° 30 hizo lugar a la medida precautoria solicitada por el sindicato actor y dispuso la suspensión de los efectos del Acuerdo de Transferencia de la función judicial laboral a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incorporado como Anexo I de la Ley 27.802.
