Comercio. Agencias de viajes y turismo. CCT 547/08. Incremento salarial para el período enero a abril de 2026.
Las partes signatarias del CCT 547/08 acuerdan la prórroga y el otorgamiento de sumas fijas no remunerativas con carácter de incremento y recomposición salarial para el período enero a abril de 2026, estableciendo su posterior incorporación al salario básico, junto con reglas de liquidación, absorción y compromiso de revisión en función de la evolución económica.
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