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Actividad Olivícola

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Laboral y Seguridad Social
Resolución (CNTA) 316/2025 22/12/2025

Trabajo Agrario: remuneraciones mínimas para trabajadores olivícolas de todo el país desde enero, febrero y abril 2026.

La Comisión Nacional de Trabajo Agrario fijó las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad olivícola en todo el país, con vigencia escalonada desde el 1° de noviembre y el 1° de diciembre de 2025, y el 1° de enero de 2026, hasta el 30 de septiembre de 2026. Se incluye un adicional del 20% para los trabajadores que prestan tareas en las provincias de Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego.

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Laboral y Seguridad Social
Resolución (CNTA) 228/2025 09/10/2025

Trabajo Agrario: remuneraciones mínimas para trabajadores olivícolas de todo el país desde noviembre y diciembre 2025 y enero 2026.

La Comisión Nacional de Trabajo Agrario fijó las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad olivícola en todo el país, con vigencia escalonada desde el 1° de noviembre y el 1° de diciembre de 2025, y el 1° de enero de 2026, hasta el 30 de septiembre de 2026. Se incluye un adicional del 20% para los trabajadores que prestan tareas en las provincias de Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego.

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Laboral y Seguridad Social
Resolución (CNTA) 177/2025 06/08/2025

Trabajo Agrario: remuneraciones mínimas para trabajadores de la actividad olivícola en todo el país desde el 1/9/2025, 1/10/2025 y 1/11/2025.

Se fijan nuevas remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad olivícola en todo el territorio nacional, con vigencia escalonada desde el 1° de septiembre de 2025, 1° de octubre de 2025 y 1° de noviembre de 2025 hasta el 30 de septiembre de 2026.

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Laboral y Seguridad Social
Resolución (CNTA) 77/2025 23/04/2025

Trabajo Agrario: remuneraciones mínimas para trabajadores de la actividad olivícola en todo el país desde el 1/5/2025, 1/6/2025 y 1/7/2025.

La Comisión Nacional de Trabajo Agrario establece nuevas remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad olivícola en todo el país, con vigencia a partir del 1° de mayo, 1° de junio y 1° de julio de 2025 hasta el 30 de septiembre del mismo año, manteniéndose vigentes hasta su eventual modificación. Los trabajadores que desarrollen sus tareas en Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego percibirán un adicional del 20% conforme lo dispuesto por la resolución 242/2019.

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