San Juan: se unifica en 3% la alícuota de percepción de Ingresos Brutos para servicios digitales y se deja sin efecto la tasa del 10%.
La Dirección General de Rentas de San Juan modifica la Resolución 755/2025 y elimina la alícuota específica del 10% sobre actividades de juego establecida originalmente en su artículo 5°, estableciendo una única alícuota general del 3% aplicable a todos los servicios digitales alcanzados por el régimen de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
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