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Concepto “a cuenta de futuros aumentos”
CONSULTA FRECUENTE
06-11-2025
Consulta 75999/2025
El concepto “a cuenta de futuros aumentos” puede utilizarse en los recibos de sueldo solo como anticipo transitorio de un incremento salarial que luego será absorbido al firmarse la paritaria o al otorgarse el aumento definitivo. No existe una prohibición legal, pero la jurisprudencia laboral limita su uso: si la suma se paga en forma sostenida y sin absorción, pasa a integrar el salario habitual del trabajador y su eliminación posterior se considera una reducción salarial prohibida (arts. 12 y 66 LCT).
