rubro_normativa
Demandas de repetición
NORMATIVA
13-10-2025
Resolución AGIP (CABA) 443/2025
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) aprobó una nueva reorganización del esquema de delegaciones de facultades dentro de sus distintas direcciones generales y subdirecciones, reemplazando la Resolución 276-AGIP/25.
NORMATIVA
02-09-2025
Resolución Normativa ARBA (Buenos Aires) 24/2025
La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) modificó las Resoluciones Normativas 59/2020 y 28/2023 elevando de $1.000.000 a $3.500.000 el tope de los saldos a favor cuya devolución puede tramitarse mediante el procedimiento digital abreviado de demandas de repetición.
NORMATIVA
02-09-2025
Resolución Normativa ARBA (Buenos Aires) 23/2025
La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) modificó la Resolución Normativa 17/2017 y sus actualizaciones, elevando a 3.500.000 Unidades de Valor de Referencia (UVR) el límite de capital hasta el cual los funcionarios delegados podrán resolver demandas de repetición digitales bajo la modalidad de procedimiento abreviado (demanda automática).
NORMATIVA
13-07-2025
Resolución AGIP (CABA) 276/2025
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) dispuso una nueva actualización del esquema de delegaciones internas de facultades en sus distintas direcciones, subdirecciones y áreas técnicas, reemplazando a las Resoluciones 90-AGIP/25 y 188-AGIP/25. La medida amplía los montos máximos de actuación para dictar resoluciones de determinación de oficio, sanciones, exenciones, repeticiones, devoluciones y compensaciones de tributos, así como para resolver recursos administrativos.
NORMATIVA
11-09-2023
Resolución Normativa ARBA (Buenos Aires) 28/2023
NORMATIVA
21-07-2023
Resolución Normativa ARBA (Buenos Aires) 39/2020
NORMATIVA
13-10-2013
Resolución AGIP (CABA) 730/2013
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) establece que los reclamos de repetición del Impuesto sobre los Ingresos Brutos originados en retenciones o percepciones efectuadas por agentes de recaudación no requerirán la verificación de deuda cuando el monto reclamado no supere los $5.000.
