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Impuesto Cedular Renta Financiera

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CONSULTA FRECUENTE 26-03-2026
Consulta 82844/2026
Se analiza el tratamiento en el impuesto a las ganancias de rendimientos financieros del exterior obtenidos por una persona humana monotributista, provenientes de bonos y ETF. Se concluye que dichas rentas constituyen ganancias de segunda categoría de fuente extranjera, deben declararse bajo criterio de lo percibido e integrarse al esquema general del impuesto. Asimismo, se aclara que la existencia de deducciones personales no exime de la obligación de presentar la declaración jurada si se obtuvieron rentas gravadas.
CONSULTA FRECUENTE 11-08-2025
Consulta 73083/2025
En sociedades, la utilidad obtenida al liquidar aportes en dólares mediante operaciones de dólar CCL se considera un rendimiento financiero gravado por el Impuesto a las Ganancias, dado que surge de la compraventa de títulos valores y no de una simple diferencia de cambio. Este resultado, generado por la diferencia entre la cotización oficial y la obtenida vía CCL, constituye renta de fuente argentina y debe incorporarse al resultado impositivo del ejercicio.
CONSULTA FRECUENTE 22-07-2025
Consulta 72472/2025
Los rendimientos obtenidos por una persona humana en 2024 por CEDEARs y acciones argentinas están alcanzados por el impuesto cedular, aplicándose el 15% para CEDEARs y el 5% para acciones locales. La declaración se realiza mediante el Portal Integrado (F.2022) y el impuesto se paga por VEP. Estos rendimientos deben reflejarse en el cuadro de variaciones patrimoniales de la declaración jurada de Ganancias.
CONSULTA FRECUENTE 30-06-2024
NORMATIVA 21-07-2023
NORMATIVA 21-07-2023
NORMATIVA 21-07-2023
NORMATIVA 21-07-2023
ANáLISIS 23-05-2022
ANáLISIS 13-07-2020
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