rubro_normativa
Inmuebles Rurales
CONSULTA FRECUENTE
20-08-2025
Consulta 73370/2025
La venta de un inmueble rural adquirido antes del 1/1/2018, mantenido inexplotado o destinado a alquiler, no genera carga tributaria nacional, ya que no queda alcanzada ni por el impuesto cedular ni por el impuesto a las ganancias. Distinto sería si el inmueble hubiera sido explotado directamente en una actividad agropecuaria, caso en el cual el resultado de la venta se considera renta de fuente unipersonal y tributa en ganancias bajo la escala progresiva de hasta el 35%.
CONSULTA FRECUENTE
30-06-2024
