rubro_normativa
Intereses de Anticipos
CONSULTA FRECUENTE
26-08-2025
Consulta 73494/2025
Los intereses resarcitorios de anticipos de Ganancias deben calcularse solo hasta el vencimiento general de la declaración jurada determinativa (mayo de 2024 en el caso planteado), sin extenderse hasta la fecha de presentación efectiva en junio de 2025. Así lo dispone la Instrucción General DGI 342/1982 y lo ha confirmado la jurisprudencia (“Cristalería de Cuyo”, “Francisco Vicente Damiano S.A.”), que reconoce a los anticipos como obligaciones autónomas cuyo incumplimiento genera intereses hasta el vencimiento legal de la DDJJ, pero no más allá.
CONSULTA FRECUENTE
11-08-2023
