rubro_normativa
Libro de Sueldos y Jornales
NORMATIVA
14-05-2026
Resolución SSTAYLMT (Buenos Aires) 1369/2026
La Provincia de Buenos Aires suspendió la recepción de trámites vinculados a la rúbrica del libro especial de sueldos y jornales previsto en el artículo 52 de la Ley de Contrato de Trabajo para períodos devengados a partir de abril de 2026. La medida fue adoptada por el Ministerio de Trabajo bonaerense ante la falta de reglamentación integral que permita compatibilizar el nuevo esquema nacional de registración laboral centralizado en ARCA con el régimen provincial vigente de rúbrica documental.
NORMATIVA
14-05-2026
Disposición DGAMT (Buenos Aires) 160/2026
La Provincia de Buenos Aires suspendió la recepción de trámites de rúbrica del libro especial de sueldos y jornales previsto en el artículo 52 de la Ley de Contrato de Trabajo respecto de períodos devengados a partir de abril de 2026. La medida fue dispuesta por la Subsecretaría Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Trabajo bonaerense en el marco de las modificaciones introducidas por la Ley 27.802 al sistema de registración laboral nacional vinculado a ARCA.
CONSULTA FRECUENTE
17-11-2025
Consulta 76351/2025
La rúbrica debe gestionarse ante la autoridad laboral de la jurisdicción donde se desarrolla la actividad y prestan tareas los empleados. Según la Resolución (ST) 168/2002, el libro se rubrica en la jurisdicción del establecimiento laboral y solo puede centralizarse en el domicilio legal si al menos el 20 % del personal trabaja allí.
