Impuestos Nacionales
Monotributo: transición al régimen general, cambio de actividad y acceso a los beneficios.
Se analiza si un monotributista que renuncia al régimen simplificado e inicia una actividad distinta al incorporarse al régimen general puede acceder a los beneficios del “IVA puente” previstos por la Ley 27.618. Se concluye que el cambio de actividad no impide la aplicación de la reducción progresiva del saldo deudor de IVA, siempre que se cumplan los requisitos generales. Sin embargo, limita el acceso al beneficio adicional del cómputo de créditos fiscales y deducciones vinculadas a los 12 meses previos, por la exigencia de continuidad de la actividad.
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