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EFECTOS NO SUSPENSIVOS
JURISPRUDENCIA
17-04-2026
Jurisprudencia 83664/2026
El Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, en el marco de la acción colectiva promovida por la CGT contra el Estado Nacional, resolvió que la inhibitoria planteada por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 12 no se encuentra firme, por no haber sido aún aceptada ni rechazada. En consecuencia, el planteo de competencia no produce efectos suspensivos ni desplaza la jurisdicción, manteniéndose la competencia del fuero laboral. Además, admitió la intervención de la Unión Industrial Argentina como tercero necesario en el proceso y se suspendió el desarrollo del proceso hasta la incorporación de los litigantes omitidos.
