Facturación: ARCA redefine y simplifica el uso del C.A.E.A.

Desde junio de 2026, el Código de Autorización Electrónico Anticipado (C.A.E.A.) dejará de ser un régimen opcional para grandes emisores y se aplicará solo ante contingencias. La medida simplifica el sistema y consolida la facturación online con C.A.E. como modalidad general.

Redacción BDC30/10/2025
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Facturación: ARCA redefine y simplifica el uso del C.A.E.A.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó la Resolución General 5782/2025, publicada este 30 de octubre en el Boletín Oficial, mediante la cual deroga la Resolución General 2926 (AFIP) y redefine el uso del Código de Autorización Electrónico Anticipado (C.A.E.A.), vigente desde 2010.

El nuevo régimen limita la utilización del C.A.E.A. únicamente a situaciones de contingencia, en reemplazo temporal del Código de Autorización Electrónico (C.A.E.), que pasa a ser la modalidad principal y permanente de emisión en línea. De este modo, se elimina el carácter opcional que tenía el procedimiento, el sistema de adhesión previa, los requisitos de volumen de facturación, las validaciones fiscales y las causas de exclusión que establecía la normativa anterior.

La solicitud del C.A.E.A. se efectuará exclusivamente a través del WebService institucional, conservando la vigencia quincenal: del 1 al 15 y del 16 al último día de cada mes. Los contribuyentes deberán habilitar puntos de venta específicos e informar los comprobantes emitidos y no utilizados dentro de los ocho días posteriores a la finalización de cada período.

Con esta resolución, ARCA deroga expresamente la RG 2926 y disposiciones de las RG 2969, 4291, 4444 y 5764, consolidando un esquema de facturación 100% digital y en línea. Según el organismo, la medida responde al avance tecnológico y a la mejora en la conectividad, lo que permite reservar el C.A.E.A. exclusivamente para emergencias operativas.

De esta forma, a partir del 1 de junio de 2026, la facturación electrónica argentina quedará unificada bajo un único modelo centralizado con C.A.E., mientras el C.A.E.A. subsistirá como un mecanismo de respaldo ante fallas o contingencias del sistema principal.

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