IGJ: el 15 de diciembre vence el pago de la tasa anual para sociedades por acciones

El Ministerio de Justicia fijó el 15 de diciembre de 2025 como vencimiento para que sociedades inscriptas en la IGJ abonen la tasa anual obligatoria.

Redacción BDC10/12/2025
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IGJ: el 15 de diciembre vence el pago de la tasa anual para sociedades por acciones

La tasa se calcula sobre el capital social y su ajuste contable. El pago fuera de término generará una multa con interés adicional según normativa vigente.

Mediante la Resolución 1159/2025 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, el Ministerio de Justicia estableció el 15 de diciembre de 2025 como fecha límite para que las sociedades por acciones inscriptas en la Inspección General de Justicia (IGJ) abonen la tasa anual correspondiente al ejercicio en curso.

Esta obligación, prevista en el artículo 4° de la Decisión Administrativa 46/2001, alcanza a todas las sociedades por acciones ya registradas ante la IGJ. El monto de la tasa se determina con base en la sumatoria del capital social consignado en los estatutos y la cuenta ajuste de capital reflejada en los estados contables.

En caso de que el pago no se realice en término, la normativa establece la aplicación de una multa, según lo dispuesto en el artículo 7° de la misma decisión administrativa. Dicha sanción será equivalente a una vez y media la tasa de interés mensual que aplica el Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento de documentos comerciales, calculada sobre los importes omitidos.

La resolución recuerda que el Ministerio de Justicia está facultado para fijar esta fecha de vencimiento en virtud de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 9° de la Decisión Administrativa 46/2001.

Esta disposición afecta a miles de sociedades que operan bajo control de la IGJ, por lo que resulta clave que asesores legales, contadores y responsables societarios tomen nota del vencimiento para evitar sanciones.

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