El sistema permitirá generar el certificado en forma inmediata cuando no se registren deudas ni inconsistencias, agilizando un requisito clave para operar como proveedor del Estado.
General DGR (La Pampa) 5/2026 introduce un cambio significativo en el régimen de emisión del Certificado de Cumplimiento Fiscal del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. A partir de su implementación, los contribuyentes deberán solicitar el certificado a través de un procedimiento automatizado, lo que busca optimizar la gestión y el control de las obligaciones fiscales. Este certificado es un requisito indispensable para mantener la inscripción en el Registro de Proveedores y en el Registro de Licitadores de Obras Públicas.
La Dirección General de Rentas de La Pampa actualizó el régimen de emisión del Certificado de Cumplimiento Fiscal del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, incorporando un procedimiento digital basado en el sistema de Control Automático de Bases Imponibles (C.A.B.I.), que permite validar en línea la situación tributaria de los contribuyentes.
El certificado constituye un requisito indispensable para mantener la inscripción en el Registro de Proveedores y en el Registro de Licitadores de Obras Públicas, por lo que su obtención resulta clave para quienes contratan con el Estado provincial.
A partir de la nueva reglamentación, aprobada por la Resolución General (DGR) 5/2026, los contribuyentes podrán solicitar el certificado a través del sitio web de la Dirección General de Rentas. El sistema verificará automáticamente la inexistencia de obligaciones fiscales vencidas, tanto formales como materiales, así como la ausencia de inconsistencias en las bases imponibles declaradas en el caso de contribuyentes obligados directos.
Cuando se cumplan estos requisitos, el certificado se generará de manera automática y podrá descargarse desde la plataforma. En cambio, si se detectan inconsistencias, el contribuyente deberá regularizar su situación conforme los procedimientos vigentes antes de acceder al documento.
En los casos en que el trámite no pueda resolverse automáticamente, la solicitud será derivada a análisis manual por parte del organismo, que podrá requerir información o documentación adicional mediante el domicilio fiscal electrónico.
La norma también establece que el certificado tendrá una vigencia limitada —hasta el 31 de mayo o el 30 de noviembre de cada año— y que los terceros que lo reciban deberán validar su autenticidad a través de la página oficial de Rentas.
Con esta medida, la provincia avanza en la digitalización de sus procesos tributarios y en la implementación de controles automatizados, buscando agilizar trámites y fortalecer la verificación de la información fiscal declarada por los contribuyentes.




