INAES prorrogó una norma para cooperativas de trabajo
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Cooperativas de trabajo: INAES extendió otros 120 días la suspensión de una norma clave

El organismo volvió a postergar la aplicación de la resolución que había eliminado restricciones para determinadas actividades. La revisión continuará por hasta 120 días.

Redacción BDC27/08/2026
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Cooperativas de trabajo: INAES extendió otros 120 días la suspensión de una norma clave

El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) extendió por hasta otros 120 días la suspensión de la norma que había eliminado restricciones para cooperativas de trabajo dedicadas a determinadas actividades.

La decisión fue formalizada mediante la Resolución 1695/2026, publicada este jueves 27 de agosto en el Boletín Oficial. El nuevo plazo se contará desde el vencimiento del término fijado por la prórroga anterior.

La medida mantiene suspendida la ejecutoriedad de la Resolución INAES 581/2020, que había dejado sin efecto la Resolución INAC 1510/94. En términos operativos, continuarán aplicándose durante la suspensión las restricciones establecidas por esta última norma mientras el organismo completa la revisión del régimen.

La decisión impacta en las cooperativas de trabajo vinculadas con actividades de agencias de colocaciones, limpieza, seguridad, distribución de correspondencia y servicios eventuales, sectores contemplados en la regulación de 1994.

Qué regulación permanece suspendida

La Resolución 581/2020 había derogado la Resolución INAC 1510/94, que limitaba la autorización para funcionar de cooperativas de trabajo constituidas con el objeto de desarrollar esas actividades.

Sin embargo, en 2025 el INAES suspendió la aplicación de aquella derogación por hasta 120 días mediante la Resolución 218/2025. Al mismo tiempo, encomendó a la presidencia del Directorio realizar consultas técnicas y coordinar acciones con la Secretaría de Trabajo para analizar la problemática derivada del cambio normativo.

Como ese proceso no había concluido, el organismo concedió dos extensiones sucesivas, también de hasta 120 días cada una, a través de las resoluciones 1551/2025 y 2666/2025. La nueva medida prolonga otra vez ese esquema desde el vencimiento de la última prórroga.

La Resolución 1695/2026 no establece una fecha calendario de finalización. Su artículo 1 dispone que el plazo de hasta 120 días debe computarse a partir del vencimiento del término determinado por la Resolución 2666/2025.

Una revisión normativa todavía abierta

En los fundamentos de la medida, el INAES señaló que todavía se encuentra en curso un proceso de revisión y armonización integral de las normas dictadas por el organismo. La evaluación comprende las consultas y debates necesarios para definir de manera definitiva el tratamiento aplicable a las cooperativas de trabajo alcanzadas.

El Instituto también vinculó la extensión con su misión de promover y desarrollar cooperativas y mutuales, y con la necesidad de evitar actividades fraudulentas que puedan desnaturalizar la figura cooperativa.

La prórroga no resuelve el debate regulatorio de fondo ni deroga la Resolución 581/2020. Suspende temporalmente su ejecutoriedad y conserva la situación previa hasta que finalicen las actuaciones técnicas o venza el nuevo plazo.

Durante ese período, el organismo podrá continuar las consultas con las áreas laborales y completar el análisis de las reglas aplicables. Una vez concluido el proceso, deberá definir si mantiene, modifica o reemplaza el régimen actualmente suspendido.

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