La Superintendencia de Riesgos del Trabajo actualizó las compensaciones adicionales y los pisos indemnizatorios por incapacidad laboral permanente y muerte. Los nuevos valores se aplican a partir del 1° de septiembre de 2026 y hasta el 28 de febrero de 2027.
La actualización fue dispuesta por la Resolución SRT 39/2026 y refleja la variación semestral del índice RIPTE.
Las compensaciones adicionales de pago único previstas por la Ley 24.557 quedaron establecidas en $50.824.055, $63.530.069 y $76.236.060, según el supuesto de incapacidad o muerte aplicable.
Los nuevos pisos indemnizatorios
Para las indemnizaciones previstas en el artículo 14, apartado 2, de la Ley de Riesgos del Trabajo, el cálculo no podrá ser inferior a $114.354.110 multiplicado por el porcentaje de incapacidad laboral permanente.
El mismo importe de $114.354.110 funcionará como piso mínimo para la indemnización correspondiente a los supuestos del artículo 15, apartado 2.
Además, la indemnización adicional de pago único prevista por el artículo 3° de la Ley 26.773 para los casos de muerte o incapacidad total no podrá ser inferior a $21.656.176.
Actualización por el índice RIPTE
Los importes se ajustan semestralmente según la evolución de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables. Para esta actualización se compararon los valores de diciembre de 2025 y junio de 2026.
La SRT indicó que la resolución refleja el cálculo matemático derivado de esa variación sobre las compensaciones y pisos que estuvieron vigentes hasta el 31 de agosto.
La norma entrará en vigencia el 3 de septiembre, aunque establece expresamente que los importes corresponden al período iniciado el 1° de septiembre de 2026.




