categoria_normativa
Empleado jubilado
CONSULTA FRECUENTE
07-11-2025
Consulta 76056/2025
Cuando un trabajador se jubila y continúa prestando servicios, el empleador no debe darle la baja ni efectuar un nuevo alta, sino informarlo en el F.931 con la condición “2 – Jubilado”. Se aplican aportes del 11% al Fondo Nacional de Empleo y contribuciones reducidas del 10,17% o 12,53%, sin aportes a obra social ni ANSSAL.
CONSULTA FRECUENTE
07-03-2024
CONSULTA FRECUENTE
08-08-2023
