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Quebrantos
CONSULTA FRECUENTE
10-03-2026
Consulta 81113/2026
Se consulta si la rectificativa de una declaración jurada del Impuesto a las Ganancias que originalmente arrojaba quebranto impositivo, cuando incrementa el monto de dicho quebranto, debe considerarse una rectificativa en menos. Se concluye que, al no existir impuesto determinado ni saldo a ingresar en la declaración original, el aumento del quebranto no configura una rectificativa en menos en los términos del artículo 13 de la Ley 11.683, sino una modificación del resultado negativo trasladable a ejercicios futuros.
CONSULTA FRECUENTE
10-03-2026
Consulta 81111/2026
Se analiza el tratamiento de los pagos a cuenta en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias cuando el ejercicio fiscal arroja quebranto impositivo. Se examina la posibilidad de computar retenciones, percepciones y anticipos sufridos durante el período y su generación como saldo a favor del contribuyente. Asimismo, se estudia el tratamiento del impuesto sobre los créditos y débitos bancarios, cuyo cómputo como pago a cuenta se encuentra sujeto a límites y solo procede hasta el monto del impuesto determinado, por lo que en caso de quebranto su utilización queda restringida a los supuestos en que la normativa permite su traslado a ejercicios futuros.
CONSULTA FRECUENTE
15-10-2025
Consulta 75169/2025
Las personas jurídicas comprendidas en el artículo 53 de la Ley del Impuesto a las Ganancias pueden trasladar los quebrantos impositivos generados en 2024 a los ejercicios siguientes, por hasta cinco años, según lo dispone el artículo 25 de la LIG. Los quebrantos de carácter general pueden compensarse sin límite porcentual contra la totalidad de las ganancias gravadas de fuente argentina obtenidas en 2025, por lo que es posible absorber hasta el 100% de la utilidad neta. Actualmente, la normativa no permite actualizar los quebrantos por inflación, ya que rige la suspensión del mecanismo de ajuste establecida por la Ley 24.073.
CONSULTA FRECUENTE
06-08-2025
Consulta 72938/2025
Actualmente, no está permitida la actualización de quebrantos fiscales en SRL ni en otros sujetos, según la interpretación de ARCA basada en los artículos 25 y 93 de la Ley de Ganancias y la Ley 24.073. Aunque existen argumentos doctrinarios y fallos que apoyan su actualización, solo un cambio legislativo podría habilitarla expresamente.
CONSULTA FRECUENTE
07-03-2024
CONSULTA FRECUENTE
31-07-2023
