Combustibles: cuánto aumentarán los impuestos en agosto
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Combustibles: el Gobierno aplicará una suba parcial de impuestos en agosto y trasladará el ajuste total a septiembre

El remanente total de las actualizaciones acumuladas durante 2024, 2025 y el primer trimestre de 2026 comenzará a regir para los hechos imponibles que se perfeccionen desde el 1° de septiembre.

Redacción BDC31/07/2026
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Combustibles: el Gobierno aplicará una suba parcial de impuestos en agosto y trasladará el ajuste total a septiembre

El Poder Ejecutivo definió los incrementos que se aplicarán durante agosto de 2026 en el impuesto sobre los combustibles líquidos y el impuesto al dióxido de carbono correspondientes a las naftas y el gasoil.

El Gobierno nacional dispuso que durante agosto de 2026 se aplique parcialmente el aumento pendiente en los impuestos que gravan a las naftas y al gasoil, mientras que el incremento total remanente será trasladado al mes de septiembre.

La medida fue instrumentada mediante el Decreto 693/2026, publicado el 31 de julio en el Boletín Oficial, y modifica el Decreto 617/2025, que había postergado hasta el 1° de agosto los efectos de las actualizaciones impositivas acumuladas.

Para los hechos imponibles perfeccionados entre el 1° y el 31 de agosto de 2026, el impuesto sobre los combustibles líquidos aplicable a la nafta sin plomo de hasta 92 RON, a la nafta sin plomo de más de 92 RON y a la nafta virgen se incrementará en $10,572 por unidad de medida. A su vez, el impuesto al dióxido de carbono aumentará $0,648.

En el caso del gasoil, el incremento general del impuesto sobre los combustibles líquidos será de $9,511, al que se agregará un aumento de $5,150 correspondiente al tratamiento diferencial previsto para el consumo en determinadas regiones del país. El impuesto al dióxido de carbono aumentará, además, $1,084.

El tratamiento diferencial alcanza al gasoil destinado al consumo en Neuquén, La Pampa, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, el partido bonaerense de Patagones y el departamento mendocino de Malargüe.

Los montos fijos de ambos tributos deben actualizarse trimestralmente sobre la base de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor suministrado por el INDEC. De acuerdo con el régimen vigente, ARCA debe realizar esas actualizaciones en enero, abril, julio y octubre de cada año.

Sin embargo, mediante distintos decretos, el Poder Ejecutivo fue difiriendo la aplicación efectiva de los incrementos derivados de esas actualizaciones para evitar que impactaran íntegramente sobre los precios de las naftas y del gasoil.

El nuevo decreto mantiene ese esquema de aplicación gradual durante agosto. El incremento total pendiente, correspondiente a las actualizaciones de los años calendario 2024 y 2025 y del primer trimestre de 2026, comenzará a regir para los hechos imponibles perfeccionados desde el 1° de septiembre de 2026, inclusive.

Las disposiciones entran en vigencia el 1° de agosto de 2026.

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