Emergencia agropecuaria en Mendoza, Chubut y Santa Cruz

El Gobierno declaró la emergencia agropecuaria en Mendoza, Chubut y Santa Cruz

Las medidas alcanzan explotaciones ganaderas y agrícolas perjudicadas por sequía, heladas, tormentas de granizo y fuertes vientos, y habilitan el acceso a beneficios fiscales, financieros y crediticios previstos por el régimen nacional de emergencia agropecuaria.

Redacción BDC27/05/2026
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El Gobierno declaró la emergencia agropecuaria en Mendoza, Chubut y Santa Cruz

El Ministerio de Economía oficializó nuevas declaraciones de emergencia y/o desastre agropecuario para productores afectados por fenómenos climáticos extremos en las provincias de Mendoza, Chubut y Santa Cruz, en el marco de la Ley 26.509.

El Ministerio de Economía declaró el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en distintas regiones de las provincias de Mendoza, Chubut y Santa Cruz, a raíz de los daños ocasionados por diversos fenómenos climáticos que afectaron la producción agropecuaria durante las campañas 2025/2026.

Las medidas fueron dispuestas mediante las Resoluciones 765/2026, 746/2026 y 792/2026, publicadas en el Boletín Oficial del 27 de mayo de 2026.

En el caso de Mendoza, la emergencia alcanza a explotaciones agropecuarias afectadas por heladas y tormentas de granizo en numerosos departamentos y distritos provinciales. La norma establece distintos niveles de afectación según los daños sufridos en la producción, contemplando tanto situaciones de emergencia agropecuaria como de desastre agropecuario.

La declaración de emergencia para la provincia cuyana regirá desde el 1° de diciembre de 2025 hasta el 31 de marzo de 2027 para los casos de heladas, y desde el 1° de enero de 2026 hasta el 31 de marzo de 2027 para los daños ocasionados por granizo. Además, se fijó el 31 de marzo de 2027 como fecha de finalización del ciclo productivo de las explotaciones alcanzadas.

Por su parte, en Chubut se declaró la emergencia y/o desastre agropecuario para las explotaciones ganaderas afectadas por sequía en todo el territorio provincial. La medida tendrá vigencia por un año a partir del 7 de enero de 2026 y se extenderá hasta el 7 de enero de 2027.

En Santa Cruz, la declaración comprende a las explotaciones ganaderas afectadas por sequía y fuertes vientos en todo el territorio provincial. La emergencia fue establecida por el término de un año desde el 3 de febrero de 2026, fijándose el 3 de febrero de 2027 como fecha de finalización del ciclo productivo.

Beneficios fiscales y financieros

Las resoluciones disponen que los productores afectados podrán acceder a los beneficios previstos en la Ley 26.509, entre ellos prórrogas o exenciones impositivas, asistencia financiera y medidas crediticias especiales.

Para ello, deberán presentar certificados emitidos por las autoridades provinciales competentes que acrediten que las explotaciones se encuentran comprendidas dentro de las zonas declaradas en emergencia o desastre agropecuario.

Asimismo, las normas instruyen a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y a las entidades bancarias nacionales, oficiales o mixtas, a arbitrar los mecanismos necesarios para garantizar el acceso a los beneficios previstos por el régimen.

Coordinación con las provincias

Las provincias deberán remitir a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios los listados de productores alcanzados junto con las certificaciones correspondientes.

Además, las resoluciones facultan a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía a celebrar convenios y dictar los actos necesarios para la implementación de las medidas.

Las tres resoluciones entraron en vigencia el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial.

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