La CNV suspende nuevos fondos y suscripciones de FCIA

La CNV frena nuevos fondos para inversores calificados con fuerte exposición a activos del exterior

La medida también impide nuevas suscripciones en los fondos ya existentes y congela las reformas reglamentarias destinadas a encuadrarlos dentro de ese esquema mientras el organismo revisa el costo fiscal del régimen.

Redacción BDC18/06/2026
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La CNV frena nuevos fondos para inversores calificados con fuerte exposición a activos del exterior

La Comisión Nacional de Valores dispuso una suspensión transitoria que alcanza a los Fondos Comunes de Inversión Abiertos destinados exclusivamente a inversores calificados con elevada exposición a activos del exterior.

La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó la Resolución General 1153/2026 mediante la cual suspendió la autorización y constitución de nuevos Fondos Comunes de Inversión Abiertos (FCIA) para inversores calificados que prevean invertir más del 25% de su patrimonio neto en activos emitidos y negociados en el exterior.

La decisión también alcanza a los fondos actualmente existentes bajo ese régimen, respecto de los cuales quedan suspendidas las operaciones de suscripción de nuevas cuotapartes cuando sus reglamentos de gestión contemplen una exposición superior a dicho porcentaje en activos externos.

Además, la CNV dispuso la suspensión de las modificaciones de reglamentos de gestión que tengan por objeto convertir un FCIA existente en un fondo alcanzado por estas características, evitando así que nuevos vehículos ingresen al esquema mediante cambios posteriores en su política de inversión.

La medida se enmarca en el régimen especial para fondos destinados exclusivamente a inversores calificados, incorporado a la Ley de Fondos Comunes de Inversión tras la reforma introducida por la Ley de Financiamiento Productivo. Dicho régimen fue reglamentado por la CNV mediante la Resolución General 1030, que otorgó mayor flexibilidad operativa y exenciones respecto de determinados límites de inversión aplicables a los fondos tradicionales.

Posteriormente, la Resolución General 1059 había flexibilizado el cómputo de ciertos límites al excluir del cálculo determinados fondos denominados en moneda extranjera que invirtieran exclusivamente en instrumentos emitidos y negociados en el país, con el objetivo de ampliar las fuentes de financiamiento del mercado de capitales local.

Sin embargo, la CNV indicó que actualmente se encuentra reconsiderando el costo fiscal asociado a estos vehículos de inversión. En ese contexto, decidió adoptar una suspensión transitoria hasta tanto concluya el análisis correspondiente.

La Resolución General 1153/2026 incorpora una nueva sección al Capítulo III del Título XVIII de las Normas de la CNV y entró en vigencia el 18 de junio de 2026, fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

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